El convencional constituyente Benito Baranda fue el invitado de la tercera edición del programa “Dignificar el Trabajo” de la agrupación sindical Unidad por Trabajo Digno, quien abordó la etapa final del trabajo de las comisiones temáticas, el borrador de la Nueva Constitución y los avances en derechos sociales y, particularmente, en el derecho al trabajo.

El convencional destacó la posibilidad de poder conversar sobre los avances de la Nueva Constitución. “Hay muy buenas noticias especialmente para el mundo del trabajo, que había sido tan dañado con la Constitución de 1980, que había vivido un retroceso en el reconocimiento de sus derechos que se habían logrado con gigantescas luchas sindicales, por supuesto también con mucha sangre derramada en esos años”, señaló el convencional.

Afirmó que se está dejando atrás el Plan Laboral de José Piñera, porque “avanzamos en lo que es la Protección del Trabajo y el Derecho al Trabajo Decente, que la OIT ha estado planteando con intensidad: que el trabajo debe ser un espacio donde las personas nos desarrollemos como seres humanos y no tengamos que vivir episodios de indignidad dentro de ese trabajo”.

El convencional destacó, asimismo, la participación de las y los trabajadores dentro de los directorios de las empresas, artículo aprobado por el Pleno de la Convención Constitucional, propuesta normativa planteada a las y los convencionales  por Unidad por Trabajo Digno. 

“El Derecho al Cuidado también ha sido ampliamente buscado, que está dentro del Derecho al Trabajo, para hombres y mujeres, que fue aprobado casi por unanimidad con 128 votos de los constituyentes, lo que implica una amplia mayoría”, señaló el convencional de Independientes No Neutrales.

“Para dejar efectivamente atrás el Plan Laboral de Piñera, se aprobó el derecho a la Libertad Sindical. La Constitución va a asegurar a los trabajadores y trabajadoras, no sólo del sector privado, sino también del sector público, el derecho a la Libertad Sindical, el derecho a sindicalizarse, a la negociación colectiva y a la huelga”. Destacó que dicho artículo fue aprobado por 127 constituyentes, o sea, bastante más que los 103 que se requerían (los ⅔).

Cabe recordar que el Pleno aprobó el derecho a huelga de los trabajadores, trabajadoras y organizaciones sindicales, las que decidirán el ámbito de intereses que se defenderán a través de ellas, los que no podrán ser limitados por ley. Asimismo, el legislador no podrá prohibir la huelga; sólo podrá establecer limitaciones excepcionales para atender servicios esenciales que pudieran afectar la vida, salud o seguridad de la población.

“Es un derecho (la huelga) que al ser aprobado logra completar esta tríada que hace que los trabajadores no solamente tengan un bonito enunciado en la libertad sindical, sino que también puedan tener un equilibrio de fuerzas para poder negociar colectivamente y hacer valer esos derechos”. Esto se complementa con el derecho a la seguridad social, que vuelve a recuperar sus principios, afirmó el convencional.

Escucha aquí el programa completo.

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