Frente a la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional expusieron dirigentes/as sindicales del colectivo Unidad por Trabajo Digno (UTD), que en la audiencia pública propusieron que la nueva Constitución consagre el Derecho al Trabajo y su Protección para asegurar un trabajo digno, decente y estable para las y los chilenos.

Sergio Pérez de CONATRACOPS e integrante de UTD, explicó que la Constitución actual no reconoce el Derecho al Trabajo, sino sólo la libertad de trabajo. “Ello se traduce en un sistema en que se ejerce con demasiada libertad el ejercicio de despido bajo la causal de “necesidades de la empresa”, reconocida en el artículo 161 del Código del Trabajo”, señaló el dirigente.

“Por ello, necesitamos una Constitución laboral que establezca el Derecho al Trabajo como acceso al empleo decente y digno, que reconozca la dimensión individual y colectiva de la persona y un Estado activo que lo promueva en sus políticas públicas y normas”, afirmó.

Agregó que “la consagración constitucional del Derecho al Trabajo debe generar mayor estabilidad en el empleo, por lo que se debe incluir una cláusula que establezca la prohibición o protección contra el despido arbitrario. Asimismo, esperamos que en la Nueva Constitución se reconozca el derecho al Trabajo Decente, siguiendo el estándar establecido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.

Por otra parte, Viviana Catalán, dirigenta de CONAGRA y representante de UTD, explicó que aún cuando la Constitución actual reconoce la Protección al Trabajo, no fija ningún estándar de protección ni establece directrices para la acción estatal en su rol protector o un piso mínimo de protección al que deba ceñirse el actuar empresarial.

“Esperamos que la nueva Constitución reconozca la Protección al Trabajo para proteger y asegurar condiciones mínimas de ejercicio del trabajo, tales como como higiene, seguridad, descanso, jornada laboral, etc”, dijo la representante del colectivo sindical.

El reconocimiento de la Protección al Trabajo exige que las reglas legales que regulen la relación laboral como forma de intercambio, reconozcan la debilidad del trabajador y, por tanto, impongan un grado de protección legislativa que impida que el trabajo se desarrolle en condiciones de precariedad o de indecencia, señalaron en el documento presentado a la Convención Constitucional.

Rol del sindicato

Asimismo, plantearon que se debe reconocer el “derecho a la consulta” del sindicato, para que éste sea informado, consultado u oído previo a los despidos que tengan lugar en la empresa. Del mismo modo, aseguraron que se debe consagrar el principio de fiscalización eficaz, de manera que el organismo encargado de llevar a cabo la labor fiscalizadora vele íntegramente por el cumplimiento de la normativa laboral.

Por su parte, el abogado y parte de UTD, Claudio Aravena, señaló que “un trabajo decente y digno debe respetar los principios de los derechos fundamentales reconocidos en el trabajo, tales como la libertad de asociación, la libertad sindical y el respeto efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación de todo tipo de discriminación en relación al empleo, entre otros que son parte del catálogo de derechos fundamentales en el trabajo”.


 

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